Al adquirir un negocio en el que, previsiblemente, se deberá llevar a cabo una reestructuración de personal o Expediente de Regulación de Empleo (ERE), los gastos en que incurra el nuevo propietario "no generan una obligación presente con terceros", al margen de lo que las partes puedan pactar en el momento de fijar el precio del negocio adquirido, por lo que el vendedor no estará vinculado a tal operación.