Antes de ver de forma rápida y clara qué es un procedimiento concursal. Primeramente, introduciremos un par de conceptos que nos serán útiles a lo largo de la entrada:
Suspensión de pagos (o insolvencia): situación bajo supervisión judicial en la cual, el empresario o la empresa no pueden hacer frente al pago de sus obligaciones -deudas- en un determinado período de tiempo por ser los activos -inmuebles, máquinas, activos de poca liquidez…- difícilmente convertidos en dinero líquido. En teoría, en esta situación, la empresa, contablemente hablando, tiene suficiente patrimonio
para hacer frente al pago de obligaciones, solo que en ese momento
puntual, no puede atenderlas. Sino tiene suficiente patrimonio, estamos
ante un caso de quiebra.
Quiebra: en esta situación la empresa no
puede atender sus obligaciones, ni se espera que lo pueda hacer, ya que
no dispone de suficiente patrimonio y activos para compensar su deuda. También ha de ser dictaminado por un juez y, a diferencia de la suspensión de pagos, la situación se vuelve irreversible.
Visto esto, un procedimiento
concursal es la situación dictaminada por un juez a la que llega una
empresa cuando no puede hacer frente a sus deudas, tanto temporalmente
(suspensión de pagos) como de forma irreversible (quiebra). En
este procedimiento, se busca satisfacer las deudas de la empresa a los
acreedores de la misma de una manera ordenada y justa.
A su vez, el procedimiento concursal se divide en dos fases:
1) Acuerdos de quita y espera: en ellos, los acreedores renuncian a un % de totalidad de su derecho de cobro
-realizan una quita sobre un % del total de la deuda- a fin de cobrar
de forma más rápida y segura la otra parte de la deuda. También se puede
utilizar el diferimiento (posponer la fecha de
vencimiento) de una obligación a fin de que mejore la situación de la
empresa y acabar pagando en un futuro la deuda.
2) Liquidación de bienes:
si entre empresa y acreedores no se ha llegado a acuerdo de quita y
espera, se inicia la venta de los bienes y activos de la empresa a fin
de atender a los acreedores de la misma. Evidentemente, no serán
suficientes para atender a la totalidad de la deuda; es por eso que los
acreedores se colocan por orden de preferencia de sus
derechos de cobro (esto es, se ordena la deuda según su naturaleza, por
ejemplo, quien tenga un pagaré estará en posición de cobro ventajosa
frente a quien tenga acciones de la empresa) y se liquida la empresa ordenadamente.
Todos estos procedimientos concursales son regulados por la Ley concursal 22/2003. Desafortunadamente,
en España nos está tocando vivir un ambiente de cierres de empresa cada
vez más multitudinario, por lo que es necesario conocer, incluso de
antemano, cómo funciona la ley en caso de que una empresa no pueda
atender a sus obligaciones. Si incorporamos esto a nuestros análisis, no
caerían tantas empresas en quiebra como caen, o, al menos, esto ya es
una opinión personal, pero en todo caso, saber si un activo es fácilmente convertible en dinero en caso de suspensión de pagos, es digno de importancia.
La ley concursal establece una seríe de pasos que pueden observarse en el siguiente esquema:
Los datos relativos al tercer trimestre de 2013 podemos encontrarlos en el siguiente enlace:
Imágenes: Sebastian Duda - Finsa
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