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8 de noviembre de 2013

La Imagen Fiel: ¿Es un concepto correcto?

La Imagen Fiel es el principio máximo que rige la contabilidad, que no tiene definición y permite no aplicar la ley.

Cuando estudiaba contabilidad  hubo varias cosas que me llamaron la atención. Una de ellas fueron el principio de prudencia y el principio de importancia relativa. Ambos conceptos me gustaron por la interpretación numérica que permitían de las cuentas empresariales. En su día, el principio de prudencia era el “más importante” de los principios contables. 


A día de hoy son el de devengo e importancia relativa (justo lo contrario al de prudencia). Los principios y la normativa contable cambian. Evolucionan. Lógico, por otra parte. Sin embargo hay una constante: La imagen fiel.

En el momento de contabilizar las operaciones, el empresario puede elegir entre los diversos criterios que le ofrece el plan general de contabilidad para reflejar una operación contable. De dicha elección el resultado reflejado será diferente en función del criterio utilizado. Por ejemplo, una empresa puede elegir el método por el que va a valorar sus existencias de productos fabricados, o el criterio con el que va a amortizar su maquinaria.

El criterio de contabilización que se emplee al registrar las operaciones debe ser aquél que mejor permita reflejar la realidad de la operación reflejada. El objetivo fundamental al que se orienta la actividad de la Contabilidad es el de reflejar la imagen fiel de la empresa en cada momento. Un objetivo, la imagen fiel.

¿Qué dice el plan general de contabilidad sobre la imagen fiel?

Tanto el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria forman parte de las cuentas anuales de una empresa.

Los anteriores estados financieros deben ser comprensibles y útiles para los usuarios que los utilizan con el objetivo de tomar decisiones económicas; el Plan General de Contabilidad busca que la información contenida en las cuentas anuales muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.

La aplicación sistemática y regular de los requisitos, principio y criterios contables de este PGC hará que las cuentas anuales den una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. En la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica”.

Si leemos hasta aquí, entendemos que para conseguir la imagen fiel, una empresa deberá seguir los principios contables generalmente aceptados y recogidos en el plan contable (u otras legislaciones en el caso de no quedar especificado en el plan contable). Sin embargo, el texto sigue:

“En los casos excepcionales en que el cumplimiento fuera incompatible con la imagen fiel se considerará improcedente dicha aplicación. Se motivará en la memoria dicha circunstancia y se explicará su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa”.

Es decir. Si la ley no permitiese a la empresa la consecución de la imagen fiel, esta, podrá no aplicar la ley para conseguir el objetivo de imagen fiel. Y se queda ahí. No hay una definición de qué es la imagen fiel. Esto es lo que más me llama la atención de la contabilidad.

En resumen, la contabilidad se rige por unas normas de valoración y registro perfectamente detalladas en el plan general contable. Por encima, unos principios contables que rigen todas las normas contables. Y por encima, el objetivo esencial de la contabilidad que es la consecución de la imagen fiel, que no tiene definición y que permite, para su consecución, la no aplicación de cualquier norma, o principio, que impidiese a la empresa, la obtención de la imagen fiel. ¿No os llama la atención?.

Resumidamente, os pongo los principios contables por lo que se rige la contabilidad actual. Para que todos sepamos con exactitud de qué estamos hablando:

Empresa en funcionamiento. Se considerará que la gestión de la empresa continuará en un futuro previsible, por lo que no se tiene el propósito de determinar el valor del patrimonio neto, ni el importe resultante en caso de liquidación.

Devengo. Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.

Uniformidad. Los criterios adoptados y que fueron elegidos para generar las cuentas anuales se han de mantener en el tiempo y aplicarse uniformemente. Cuando se alteren estos supuestos se podrán modificar el criterio adoptado, al suceder este hecho es necesario informar en la memoria la incidencia que dicha variación cuantitativa y cualitativa tiene sobre las cuentas anuales.

Prudencia. Este principio se basa en que las estimaciones y valoraciones deben ser manejadas con prudencia en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales. Únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos.

No compensación. No se podrá compensar las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales, salvo que alguna norma indique lo contrario.

Importancia relativa. Es posible la no aplicación de algunos principios y criterios contables cuando se determine que la importancia en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca es escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función. En caso de conflicto entre principios deberá prevaleces el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. “

Como podéis ver, este último principio también tiene una redacción muy curiosa.

Principios y normas de contabilidad generalmente aceptados. Se considerarán principios y normas de contabilidad generalmente aceptados los establecidos en:
  • El Código de Comercio y la restante legislación mercantil
  • El Plan General de Contabilidad y sus adaptaciones sectoriales
  • Las normas de desarrollo que, en materia contable, establezca en su caso el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
  • La demás legislación española que sea específicamente aplicable
¿Como nació la imagen fiel?, ¿nadie dijo nada?

Como habéis podido leer, tenemos muchísima regulación contable. Y no solo en el plan general de contabilidad. Regulación que está sopesada y meditada. Regulación que ha llevado mucho tiempo hacer. Sin embargo todo se basa en la imagen fiel. Concepto que no tiene definición.




Fuente: Ayuda empresa

2 comentarios:

  1. Gracias Lourdes. Lo que dices es muy básico, pero no por ello menos interesante para ir recordando y refrescando de vez en cuando. Sinceramente creo que como tu abordas, el principio de imagen fiel es el "principio de principios", solamente superado por el del sentido común, para los casos en que se nos planteen situaciones atípicas (cosa que lamentablemente se da con cierta frecuencia) en que tengamos dudas sobre la aplicación contable del hecho concreto. Una vez aplicado, puede quedarnos aun la árdua labor de convencer a los auditores, sobre el criterio utilizado, si se sale un poco del carril... Un abrazo.

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  2. Esta parte fue una excelete intrudccion al tema :D


    “Tanto el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria forman parte de las cuentas anuales de una empresa.

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